Convocatorias anteriores FSE+ 2021-2027

Subvenciones área de integración de inmigrantes 2022

Convocatoria y normativa

  • Extracto de la resolución de 24 de junio de 2022 de la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de actuaciones de interés general en materia de extranjería destinadas a la defensa de los derechos humanos de las personas inmigrantes, así como a favorecer la convivencia y la cohesión social, cofinanciadas por fondos de la Unión Europea.

  • Resolución de 24 de junio de 2022 de la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de actuaciones de interés general en materia de extranjería, destinadas a la defensa de los derechos humanos de las personas inmigrantes, así como a favorecer la convivencia y la cohesión social, cofinanciadas con fondos de la Unión Europea.

Formularios

Documentos necesarios para cumplimentar la solicitud, para presentar tras la recepción provisional y para justificar la subvención concedida.

Subvenciones área de integración de inmigrantes 2021

Convocatoria y normativa

  • Extracto de la resolución de 3 de agosto de 2021 (BOE 09/08/2021) de la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de actuaciones de interés general en materia de extranjería destinadas a la defensa de los derechos humanos de las personas migrantes, así como a favorecer la convivencia y la cohesión social, cofinanciadas por fondos de la Unión Europea.
  • Resolución de 3 de agosto de 2021, de la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de actuaciones de interés general en materia de extranjería, destinadas a la defensa de los derechos humanos, así como a favorecer la convivencia y la cohesión social, cofinanciadas con fondos de la Unión Europea.

Objeto/Finalidad

Se trata de proyectos dirigidos a la adquisición de conocimientos y habilidades necesarias para desenvolverse en la sociedad española (información, orientación y asesoramiento sobre la sociedad de acogida, en particular, proyectos de aprendizaje del español y, en su caso, de lenguas cooficiales), proyectos que promuevan la igualdad en distintos ámbitos (educación, salud, mujer), proyectos que persigan la promoción de la igualdad de trato y no discriminación en la sociedad, proyectos de investigación, para la identificación de experiencias y buenas prácticas, así como aquellos que promuevan la sensibilización contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia asociada.

Entidades beneficiarias

Las entidades u organizaciones no gubernamentales que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 junio:

  • Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos citados en el artículo 1.
  • Carecer de fines de lucro.
  • Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
  • Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal. 5º Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
  • No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.

Destinatarios de los proyectos

Serán destinatarios de los proyectos las personas nacionales de terceros países que residan legalmente o, en su caso, que se encuentren en proceso de obtención de residencia legal. En la medida en que sea necesario para la aplicación eficaz de los proyectos subvencionados, éstos podrán admitir en sus acciones a los familiares directos de esas personas. Determinadas actividades dirigidas a fomentar el diálogo entre los mencionados nacionales de terceros países y la sociedad de acogida y a promover su aceptación por parte de ésta, podrán estar dirigidas a la población general.

Plazo presentación de solicitudes

De conformidad con el artículo 6 de la Orden ESS/1423/2012 de 29 junio , las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Resolución de 3 de agosto (BOE 09/08/2021). Se podrá gestionar la cumplimentación y presentación de solicitudes a través de la aplicación informática SIGESw.

Bases reguladoras de la convocatoria

Orden ESS/1423/2012 de 29 junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes , solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apátridas y protección temporal. (BOE 30/06/2012).

Formularios

Documentos necesarios para cumplimentar la solicitud, para presentar tras la recepción provisional y para justificar la subvención concedida.

También se pueden encontrar en la publicación de la Resolución en el BOE o en la propia Dirección General de Migraciones, calle José Abascal, 39, 28003 Madrid.