2016 - Subvenciones en el área de protección internacional y para la atención sociosanitaria en los CETIs de Ceuta y Melilla, cofinanciadas por el Fondo FAMI y el FSE

Resolución de la convocatoria

  • Extracto de la Resolución de 29 de abril de 2016, de La Dirección General de Migraciones por la que se convocan subvenciones en el área de protección internacional y para la atención sociosanitaria en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes de Ceuta y Melilla.
  • Resolución de 29 de abril de 2016, de la Dirección General de Migraciones por la que se convocan subvenciones en el área de protección internacional y para la atención sociosanitaria en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes de Ceuta y Melilla.

Objeto de las subvenciones

El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que favorezcan la acogida e integración de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida y de las personas acogidas al régimen de protección temporal en España. Asimismo, se prestará atención a inmigrantes en situación de vulnerabilidad.

Se financiarán los siguientes tipos de proyectos bajo las siguientes prioridades

  • Prioridad I. Proyectos dirigidos a la creación y mantenimiento de dispositivos de acogida y el desarrollo de itinerarios de integración para personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, solicitantes y beneficiarias del estatuto de apátrida, personas acogidas al régimen de protección temporal en España.
  • Prioridad II. Proyectos que faciliten la atención sociasanitaria en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla.
  • Prioridad III:
    1. Proyectos dirigidos a favorecer el conocimiento sobre las personas solicitantes de asilo y beneficiarias de protección internacional, así como a la sensibilización de la sociedad de acogida.
    2. Proyectos de formación y perfeccionamiento de profesionales y personas voluntarias que desarrollen su actividad en el marco de las prioridades I y III.3 de esta convocatoria.
    3. Creación y mantenimiento de recursos específicos para la atención integral de grupos vulnerables (víctimas de trata de seres humanos y sus hijos e hijas; víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas; familias monoparentales con menores de edad; personas con enfermedades graves; personas con trastornos psíquicos; personas que hayan padecido torturas, violaciones u otras formas graves de violencia psicológica, física o sexual; jóvenes, etc)
  • Prioridad IV. Proyectos de equipamiento y adaptación de inmuebles.
  • Prioridad V. Proyectos de empleo destinados al desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral individualizados destinados a personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, así como a impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, evitar la producción en el ámbito laboral de conductas xenófobas y fomentar la diversidad en el ámbito empresarial.

Entidades beneficiarias

Las entidades, organizaciones no gubernamentales y Organismos Internacionales que concurran a la convocatoria deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ESS/1423/2012, de 29 junio:

  • Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos citados en el artículo 1.
  • Carecer de fines de lucro.
  • Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
  • Deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
  • Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
  • No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.

Personas destinatarias de los proyectos

Personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, solicitantes y beneficiarias de la condición de apátrida, y solicitantes y beneficiarias de protección temporal en España e inmigrantes vulnerables.

Plazo de ejecución

  • El periodo de ejecución de los proyectos subvencionados a través de las prioridades I y IV podrá extenderse desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017.
  • El período de ejecución de los proyectos subvencionados a través de las prioridades II, III y V podrá extenderse desde el 1 de julio de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017.

Solicitudes

  • Las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE del extracto de la Resolución de convocatoria (BOE 07/05/2016).
  • Las solicitudes se formularán en los modelos que se acompañan como anexos I a V, ambos inclusive, y estarán dirigidas a la Dirección General de Migraciones.
  • Dichos modelos estarán disponibles en la sede de la Dirección General de Migraciones, c/ José Abascal, nº 39, 28003 Madrid, pudiendo ser presentados en la citada sede, así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  • Cada entidad únicamente podrá presentar una solicitud por prioridad indicada en el anexo A, salvo en el caso de la prioridad III, en la que se podrá presentar una solicitud por cada tipo de proyecto.

Bases reguladoras de la convocatoria

Evaluación de proyectos presentados

Formularios

Aquí se podrán encontrar todos los documentos necesarios para cumplimentar la solicitud, la tramitación y la justificación de la de subvención.