07/06/2022
Las personas que se hayan desplazado a España debido a la guerra en Ucrania, pueden conducir en España con el permiso expedido en su país. Una medida importante para la integración y la búsqueda de empleo.
La Dirección General de Tráfico DGT ha aprobado una instrucción que amplía la validez del permiso de conducción ucraniano para conducir en España a un plazo de un año desde la obtención de la Protección Temporal.
El permiso de conducir debe estar en vigor y su titular tiene que tener la edad requerida en España (18) para la obtención de un permiso español equivalente.
La medida beneficia a nacionales ucranianos, apátridas y nacionales de terceros países distintos de Ucrania residentes en aquel país antes del 24 de febrero de 2022 y sus familias.
También afecta a nacionales ucranianos residentes en España (incluidos aquellos cuya estancia fuese irregular) antes del 24 de febrero de 2022 y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
Además de la extensión del permiso durante un año, los ciudadanos desplazados podrán canjear su permiso de conducción ucraniano por un permiso de conducción español si lo desean.
Para realizar el canje se puede acreditar la residencia en España mediante el resguardo de la presentación de la solicitud de protección temporal o de la documentación entregada al resolver la misma.
La verificación de permiso de conducción se sustituirá por una declaración responsable firmada por el propio solicitante.
El canje del permiso ucraniano con el permiso de conducción español está detallado en el Convenio hispano-ucraniano firmado entre ambas administraciones en 2010.
Para el canje, en primer lugar se debe solicitar cita previa a través del teléfono 060 o bien, por medio de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico indicando la Jefatura Provincial de Tráfico donde vaya a realizar la tramitación.
La solicitud de cita previa autoriza el inicio del expediente para efectuar el canje pero su autorización estará siempre supeditada a que se confirme la validez del permiso de conducir por parte del organismo ucraniano que lo hubiera expedido.
La solicitud del impreso oficial se facilita en las Jefaturas de Tráfico y en la página Web de la DGT
Los documentos necesarios para el canje de documentos son:
Con carácter general, los permisos de clases A1, A, B y BE se canjearán sin tener que realizar prueba alguna. El resto de permisos sí conllevarán pruebas de conducción.
Las personas procedentes de Ucrania a quienes se les conceda por resolución del Ministerio del Interior la condición de protección temporal, dispondrán de un plazo de 213 días (183 + 30) para matricular los vehículos de su titularidad que hayan sido trasladados desde ese u otro país a España.
El plazo empezará a contar desde la fecha de la resolución por la que se concede la protección temporal. Asimismo, si alguna de estas personas solicita matricular un vehículo a su nombre o realizar un cambio de titularidad de un vehículo a su favor, deberá atenderse la solicitud con tal de que tenga autorizada su residencia en España, asignado un NIE y pueda acreditar un domicilio.